SE REBAJA EL CANON POR APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO EN SUELO RÚSTICO

El pasado día 15 de abril se aprobaba por unanimidad en el Pleno del Ayuntamiento de Breña Alta la modificación de la Ordenanza Reguladora del Canon por Aprovechamiento Urbanístico en Suelo Rústico, de forma inicial, que se convertirá en definitivo, si durante el período de exposición pública no se formulan reclamaciones.

Se trata de modificar la Ordenanza aprobada en cumplimento del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, el cual establecía que la fijación y percepción del referido canon corresponde a los Ayuntamientos por cuantía mínima del cinco y máxima del diez por ciento sobre el presupuesto total de las obras a ejecutar. En el momento del establecimiento del canon se optó por una cuantía del 5% sobre el presupuesto de las obras en el caso de usos residenciales y del 7% para los usos turísticos, industriales o de equipamiento.

En la actualidad, por la situación de crisis económica que se atraviesa, y dado los cambios legislativos que facultan para rebajar hasta el 1% dicho canon, se ha acordado fijar el mínimo para cualquier uso que se realice en el suelo rústico.


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