El objeto de la misma es la regulación de la limpieza y la gestión de los residuos urbanos con el fin de garantizar, entre todos, la protección del medio ambiente y la salud de las personas.
La nueva normativa será repartida por cada uno de los hogares del municipio para su conocimiento, aunque ya se puede acceder a ella en la dirección www.balta.org, en el menú de servicios, en el apartado de anuncios.
19-1-2010.- El alcalde de la Villa de Breña Alta, Blas Bravo, quiere recordar a los vecinos: «es el deber de todos cumplir la ordenanza municipal relativa a la recogida de basuras, limpieza y tratamiento en general de residuos, de los propios habitantes y de los que nos visitan.»
Para Blas Bravo, «hay algunos aspectos de esta normativa que nos recuerda a todos la necesidad de contemplar e incluso reprobar a quienes incumplan normas tan básicas de respeto y cumplimiento de unas mínimas reglas sociales como son, por ejemplo: no tirar chicles a la calle, lo que supone un grave problema de limpieza.
En este punto hay que hacer un llamamiento a los padres y educadores, para que inculquen con su ejemplo conductas respetuosas y solidarias hacia los bienes públicos, el medio ambiente y la buena convivencia a los más jóvenes.
Otro de los comportamientos que sanciona la nueva ordenanza es el tirar colillas en la calle o arrojarlas desde vehículos, así como cualquier desperdicio. También se vigilará especialmente, el lavado de coches en las vías públicas y el vertido de las aguas procedentes de estas actividades.
Así mismo se prohíbe dar de comer a cualquier tipo de animales en la calle y de manera especial a las palomas.
En lo referente a los solares no construidos, será obligatorio su vallado para evitar que se depositen en ellos vertidos, de cuya limpieza serán responsables sus titulares.
otro de los puntos importantes a destacar por su importancia sanitaria es que queda terminantemente prohibida la eliminación de animales domésticos muertos, que deberá realizarse según determine la legislación específica.
Otro punto de especial interés para mantener la salubridad y buen aspecto de nuestro municipio es la prohibición de permitir que los animales domésticos hagan sus necesidades en las vías públicas, y sobre todo no recogerlas cuando se de esa circunstancia.
La vigilancia del cumplimiento de esta ordenanza municipal, así como la realización de las inspecciones y comprobaciones previstas en la misma, serán ejercidas por el cuerpo de la Policía Local, que podrá:
a) Acceder, previa identificación y sin notificación previa, a las instalaciones y ámbitos sujetos a inspección, salvo aquellos casos en que se precise autorización judicial.
b) Requerir información y proceder a los exámenes y controles necesarios que aseguren el cumplimiento de las disposiciones vigentes y de las condiciones de las autorizaciones, licencias o permisos.
c) Comprobar la existencia y puesta al día de la documentación correspondiente.
Finalmente el Alcalde de la Villa de Breña Alta, Blas Bravo, quiere destacar la importancia de concienciarnos todos de que el cumplimiento de esta ordenanza municipal redundará en que tengamos un pueblo más limpio, para que pueda ser disfrutado por los propios breñuscos y por los que nos visitan, también por nuestra propia salud y para evitar la propagación de plagas, y sin olvidar el cuidado del medio ambiente, tan importante para la vida y más en una isla declarada por la UNESCO reserva de la biosfera. Por la importancia de la misma, Bravo quiere anunciar a los vecinos que además de poder consultar la ordenanza en la página Web del ayuntamiento www.balta.org , en el menú de servicios, en el apartado bandos, se repartirá por los domicilios de los habitantes de la Villa de Breña Alta.